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Gobierno Municipal

Gobierno Municipal

GOBIERNO MUNICIPAL: Está a cargo de las autoridades elegidas por voluntad popular. Está conformada por el alcalde y los regidores que se encargan de administrar desde la municipalidad. Ellos dictan las disposiciones pertinentes con la finalidad de lograr un mejor gobierno, progreso y desarrollo de la localidad.

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1. Competencias de las municipalidades

Las competencias y funciones de las municipalidades, de acuerdo a la Constitución, son:

COMPETENCIAS DE LA MUNICIPALIDADES

COMPETENCIAS Y FUNCIONES
1.
Aprobar su organización interna y su presupuesto.
2.
Administrar sus bienes y rentas.
3.
Crear, modificar y suprimir contribuciones, tazas, arbitrios, licencias y derechos municipales.
4.
Organizar, reglamentar y administrar los servicios locales de su responsabilidad.
5.
Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes.
6.
Participar en la gestión de actividades y servicios inherentes al Estado conforme a ley.
7.
Lo demás que determina la ley.
❋ Tabla N° 1: Competencias de las Municipalidades / Elaborada por Carpetapedagogica.com

2. Bienes y rentas de las municipalidades

En el artículo 193 del capítulo XIV de la Constitución, se señalan los bienes y rentas con los que cuentan estas instituciones de gobierno local:

BIENES Y RENTAS DE LA MUNICIPALIDADES

ARTÍCULO 193 CAPÍTULO XIV
1.
Los bienes e ingresos propios.
2.
Los impuestos creados por ley a su favor.
3.
Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de su competencia creadas por su consejo.
4.
Los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal que se crea por ley según tributos municipales.
5.
Las transferencias presupuestales del gobierno central.
6.
Los recursos que le corresponden por concepto de canon.
7.
Los demás recursos que la ley determine.
❋ Tabla N° 1: Bienes y Rentas Municipales / Elaborada por Carpetapedagogica.com

3. Organizaciones autónomas de ejercicio democrático

Organizaciones autónomas de ejercicio democrático: La organización de los vecinos a nivel de la localidad con el objetivo de procurar su mejor desenvolvimiento y bienestar permite el surgimiento de los organismos autónomos. Los mismos poseen la denominación de acuerdo a su naturaleza y la actividad que van a desempeñar:

A. Juntas vecinales:
Conformadas por los propios vecinos con la finalidad de orientar y fomentar el aporte de todos los vecinos en favor de la comunidad. Se constituyen por iniciativa de los propios pobladores o por la acción municipal.

B. Comités comunales:
Son organismos consultivos y de apoyo al Consejo Municipal, especialmente al alcalde. Esto se debe a las múltiples actividades que los alcaldes deben cumplir dentro de la localidad. El mismo consulta a estos comités para el adecuado planeamiento y ejecución de obras. El número de estos organismos depende de las acciones específicas en que pueden intervenir.

C. Cabildos abiertos:
Son las consultas y actos deliberados que los municipios hacen a los pobladores sobre la problemática local. Así los pobladores se reúnen en asamblea pública donde expresa sus opiniones sugerencias sobre el mejor modo de dar solución a problemas por los que atraviesa la comunidad la convocatoria a cabildo la hace el consejo contando con el voto probatorio de los dos tercias partes de sus integrantes.

❋ Cita: Carpetapedagogica.com (2020). "Gobierno Municipal".

Información complementaria

Artículos educativos:

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Recurso educativo: Educación Cívica
Contenido: Artículos educativos con temas desarrollados sobre Formación Cívica y Educación Ciudadana.
Curso: Formación Cívica y Ciudadana.

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La Localidad
La Localidad

La Localidad: Es el espacio geográfico organizado y utilizado racionalmente por sus pobladores. Es este el lugar donde los pobladores desarrollan actividades de carácter económico, social y cultural en interrelación constante.

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Familia
Familia

Familia: Conjunto de personas unidas a partir de vínculos de parentesco y convivencia, además la familia tiene como principal característica ser la “Célula original de la vida social”. La primera forma de vida familiar se denominó “Clan” (forma primitiva de la unión familiar). Las familias se clasifican según el número de cónyuges, por la autoridad familiar y por los alcances del parentesco.

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Tipos de Familia
Tipos de Familia

Tipos de Familia: La familia se clasifica según el número de cónyuges, por la autoridad, por los alcances del parentesco. Ejemplos: Familia monogámica, familia poligámica, familia poligénica, familia poliándrica, familia patriarcal (autoridad del padre), familia matriarcal (autoridad de la madre), familia democrática, familia nuclear, familia extensa o extensiva.

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Funciones de la Familia
Funciones de la Familia

Funciones de la Familia: Función reproductora, función económica, función educadora, función recreativa, función socializadora. La familia garantiza la procreación del género humano (función reproductora), está formada por un conjunto de normas de conducta, hábitos, aptitudes e informaciones (función educadora), adquiere bienes y servicios necesarios para satisfacer necesidades (función económica), además de ello cumple funciones de recreación y socialización.

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Parentesco
Parentesco

Parentesco: Vínculo que relaciona a los integrantes de una familia, mediante líneas de parentesco ascendiente y/o descendientes.
Tipos de parentesco: Parentesco ascendiente: Padres, parentesco descendiente.
Clases de parentesco: Consanguinidad, afinidad, civil, lazos espirituales.
Grados de parentesco: 1°, 2°, 3°, 4°.
Líneas de parentesco: línea recta, línea colateral.

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Patria Potestad
Patria Potestad

Patria Potestad: Es la autoridad que ejercen los padres sobre los hijos menores de edad. Los padres tienen el deber y el derecho de cuidar de la persona y bienes de sus hijos menores. La patria potestad se ejerce conjuntamente por el padre y la madre durante el matrimonio, correspondiendo a ambos la representación legal del hijo.

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