¿QUÉ SÓN LAS NORMAS?: Son reglas de conducta que regulan las relacione sociales de las personas en la sociedad. Estas normas surgen producto de las interacciones sociales y también por parte del Estado.
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¿Cuáles son los tipos de normas?: Normas sociales (norma moral, norma religiosa, reglas de urbanidad) y normas jurídicas.
A. Norma social:
✍ Son aquellas normas que el mismo hombre, al relacionarse con sus semejantes, las va originando.
✍ Se caracterizan porque el hombre las puede asimilar o no, puesto que no son de carácter obligatorio.
✍ Su incumplimiento implica una sanción de índole sentimental (subjetivo) donde el individuo siente un remordimiento por no haber cumplido con la norma.
✍ Tipos de normas sociales: Normas morales, normas religiosas y reglas de urbanidad.
A.1. Norma moral:
✍ Norma que el individuo acepta sin coacción, voluntariamente.
✍ Tiene sanción moral en la conciencia o aplicación de la comunidad.
A.2. Norma religiosa:
✍ Son aquellas basadas en la fe.
✍ La sanción a su incumplimiento es de índole subjetiva.
A.3. Reglas de urbanidad:
✍ Son aquellas basadas en sentimientos de grupos sociales.
✍ Su incumplimiento genera la crítica o el ridículo.
B. Normas jurídica:
✍ Son prescripciones que emanan de un órgano estatal competente.
✍ Tiene como finalidad principal regular las conductas sociales en el seno de un grupo social.
✍ Es un mandato que a cierto incumplimiento jurídico debe seguir una sanción, estando tal mandato por la fuerza del Estado para el caso de su eventual incumplimiento.
✍ Esta definición de Norma Jurídica supone que el Estado compromete su fuerza detrás de cada una de ellas, a fin de garantizar que, en caso de incumplimiento, sus organismos y recursos la harán cumplir.
✍ Este elemento permite diferenciar al Derecho de otros sistemas normativos coexistentes con él en las sociedades.
✍ La norma jurídica expresa la voluntad del Estado.
Características de las normas jurídicas:
✍ Se origina en el Estado.
✍ Tiene fuerza coercitiva y coactiva (el Estado impone su cumplimiento).
✍ Fuerza de coacción. Es el empleo de la fuerza del Estado en defensa del cumplimiento del derecho (conjunto de leyes).
✍ Fuerza de coerción. Es la presión subjetiva que obliga a actuar (obrar) de acuerdo al sistema jurídico vigente por temer a la coacción.
✍ El Estado tiene el monopolio de su ejercicio.
✍ Su incumplimiento genera una sanción material hacia la persona que incumplió.
✍ Es bilateral (establece deberes y derechos) es decir genera atribuciones y obligaciones.
✍ Establecimiento de un derecho, consiste en atribuir una facultad o beneficio a alguien.
✍ Establecimiento de un deber, entendiéndose por tal una responsabilidad a cumplir obligatoriamente.
✍ Temporalidad tienen vigencia durante un tiempo y rigen en un determinado espacio.
✍ Están ordenados en jerarquías, presentan niveles y pueden ser modificados o derogados por una norma del mismo nivel o de un nivel superior.
✍ Su vigencia se establece con su publicación oficial en el diario “El Peruano” y rige dentro del ámbito nacional.
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